viernes, diciembre 29, 2006

Octubre-2006

El Transporte Público de Buses en El Salvador


Es bastante preocupante cómo funciona el servicio de transporte público en El Salvador.


Cualquier día de la semana podemos observar que los conductores de buses realizan las siguientes actividades:


  • No respetan las señales de Alto.

  • Se tiran los semáforos en rojo.

  • Manejan en sentido contrario (ver foto).

  • Manejan a alta velocidad para Hacer competencia con otros buses y pelearse los pasajeros de la siguiente parada.

  • No respetan los puntos establecidos para subir y bajar pasajeros. Se detienen a subir y bajar pasajeros en cualquier lugar incluso en medio de la calle.

  • No esperan a que los usuarios terminen de subirse o bajarse del bus cuando ya van en marcha.

  • No hay ningún interés en garantizar la seguridad de los pasajeros.

  • Son causa constante de accidentes.

  • En caso de accidente se responsabiliza al conductor quien frecuentemente se da a la fuga.

Por lo que vemos en el día a día el único interés del empresario es hacer dinero a cualquier costo. Incluso llegando a poner en peligro la vida de los usuarios y la de otros conductores.

Parece mentira pero pareciera que a los empresarios les interesa contratar a propósito a un conductor que cumpla con el requisito de agresividad en su forma de conducir. Esto podría ser con el objetivo de hacer competencia a otros buses.

¡Qué barbaridad! No hay conciencia de proveer seguridad a los pasajeros.

Ley de protección al consumidor menciona lo siguiente:

Art. 7. Obligaciones de los proveedores

g) Cumplir las condiciones exigibles que garanticen la seguridad, calidad y salubridad, tratándose de transportes colectivos, instalaciones, locales y espacios de uso público, en especial los destinados a menores;


Responsabilidad solidaria

Art. 35. - Las acciones u omisiones de quienes producen, importan, suministran, comercializan o facilitan productos o servicios que causen daños o perjuicios a los consumidores, darán lugar a la responsabilidad solidaria de tales proveedores, a menos que conste o se acredite que se han cumplido debidamente las exigencias y requisitos establecidos por leyes, reglamentos y normativas.

Principios de legalidad y culpabilidad
Art. 40.-
Las infracciones a las disposiciones de la presente ley y demás disposiciones aplicables en materia de consumo, imputables a los proveedores, serán sancionadas administrativamente, en los casos y en la forma que se regula en los artículos del presente título, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden en que puedan incurrir.
Comete infracción a las disposiciones de la presente ley el proveedor que, en la venta de un bien o en la prestación de un servicio, actuando con dolo o culpa, causa menoscabo al consumidor, debido a fallas o deficiencias en la calidad, cantidad, identidad, sustancia, procedencia, seguridad, peso o medida del respectivo bien o servicio.


Los hechos indican que el único objetivo de los empresarios de buses es hacer dinero. No hay ningún interés en proporcionar un beneficio al usuario en el servicio que prestan.

¿Qué podemos hacer?
Pienso que los peligros que se están ocasionando a la vida de las personas y los abusos que se están dando por parte de los empresarios se deben a la ausencia de un reglamento de transporte público. Es necesario que se establezcan las normas bajo las cuales se debe de desarrollar el servicio de transporte colectivo.

Este reglamento debe de profundizar en temas de:

Servicio

  • Forma de proveer el servicio

  • Establecimiento de lugares autorizados para subir y bajar pasajeros


Seguridad

  • Seguridad de los pasajeros

  • Respeto a las señales de tránsito

  • Establecimiento de límites de velocidad

  • Responsabilidad del empresario por el servicio que prestan sus unidades de transporte.


El transporte público debe de proveerse con responsabilidad y con seguridad para los usuarios.

¿Qué otras cosas podemos hacer para solucionar este problema?